Contratacion por ett´s : Obligaciones de las ETT

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Contenido

CONTRATACION POR ETT´s

Obligaciones de las ETT

1. Respecto al trabajador


  • Abono del salario y cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Información previa de los riesgos laborales.
  • Vigilancia periódica de su salud.
  • Destinar el 1% de la masa salarial a la formación de trabajadores a ceder.
  • Indemnización de 12 días por año de servicio a la finalización contractual.
  • Indeminizarle a la finalización contractual, o sea, 12 días por año.

2. Respecto a la empresa usuaria


  • Entrega de copia del contrato del trabajador concertado con el trabajador cedido.
  • Entrega de documentación justificativa a la seguridad social (TC-2) y obligaciones salariales (nóminas).
  • Acreditación de la formación recibida por el trabajador cedido.

3. Respecto a la Administración


  • Acreditación de un mínimo de 12 trabajadores contratados por tiempo indefinido, jornada completa o parcial, por cada 1.000 trabajadores o fracción que hayan prestado sus servicios durante el año inmediatamente anterior.
  • Remisión a la Autoridad Laboral de los listados de los contratos de puesta a disposición formalizados.
  • Notificación a la Autoridad del cierre, transmisión de la actividad, apertura de nuevos centros, etc...
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